Asociación de Familias de Acogida de Navarra
Harrera Familien Nafar Elkartea
Tipos de acogimiento
Acogimiento familiar temporal (menos de 2 años).
Acogimiento temporal porque de la situación del menor se prevea la reintegración de éste en su propia familia, o bien en tanto se adopte una medida de protección que revista un carácter más estable como el acogimiento familiar permanente o la adopción. Este acogimiento tendrá una duración máxima de dos años, salvo que el interés superior del menor aconseje la prórroga de la medida.
Acogimiento familiar permanente (más de 2 años).
El acogimiento familiar permanente se constituirá bien al finalizar el plazo de dos años de acogimiento temporal por no ser posible la reintegración familiar, o bien directamente desde el inicio en casos de menores con necesidades especiales o cuando las circunstancias del menor y su familia así lo aconsejen.
Acogimiento especializado o profesionalizado.
Acogimiento que se desarrolla en una familia en la que alguno de sus miembros dispone de cualificación, experiencia y formación específica para desempeñar esta función respecto de menores con necesidades o circunstancias especiales con plena disponibilidad y percibiendo por ello una compensación económica, sin suponer en ningún caso una relación laboral.
Acogimiento familiar de urgencia.
El acogimiento familiar de urgencia está principalmente dirigido a menores de seis años, tendrá una duración no superior a seis meses, en tanto se decide la medida de protección familiar que corresponda. Exige plena disponibilidad de horarios y plena disponibilidad a las citas que sean precisas para la observación y atención del menor.
Acogimiento sin convivencia continúa.
Contempla la guarda por periodos de fin de semana y vacacionales, de niños y niñas mayores que necesitan la referencia de una familia sin que ello implique convivencia estable.